Septiembre, mes del testamento: ¿Ya hiciste el tuyo?
Icono del sitio Diario CDMX

Septiembre, mes del testamento: ¿Ya hiciste el tuyo?

testamento

Tramita tu testamento en el mes de septiembre y obtén un 50% de descuento, brinda tranquilidad a tus seres queridos.

El testamento es un instrumento legal con el que decides el destino de tus bienes y patrimonio al momento de fallecer; por lo tanto, la o las personas que establezcas en este documento como herederas de tus bienes serán las únicas beneficiarias.

Podrás designar a los beneficiarios que desees y actualizarlos las veces que consideres necesario.

No heredes problemas y planea con anticipación tu testamento. 

Miguel Ángel Beltrán, profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM, explicó que realizar un testamento tiene muchas ventajas, pero que no hacerlo puede generar problemas graves para descendientes y herederos.

“La gran ventaja de hacer el testamento es que yo decido a quién le quiero dejar mis cosas y cómo las quiero repartir. Si una persona no hace testamento, entonces es la ley la que decide esto. La ley dice que los llamados a heredar son los parientes más cercanos, la esposa, los hijos, los más cercanos. Pero a través de mi testamento yo puedo excluir a algunos e incluir a otros, o puedo fijar distintas proporciones”, expresó.

Miguel Ángel Beltrán

Si no existe un testamento, se debe iniciar un juicio intestamentario, que puede ser largo y costoso, un tramite engorroso y complicado que puedes evitar desde hoy.

Cuáles son los tipos de testamento

Actualmente existen tres tipos de testamento: testamento público abierto, testamento realizado en el extranjero y testamento en formato electrónico.

El testamento público abierto. 

El testamento público abierto es un documento que permite al interesado disponer libremente de los bienes y derechos que posee, para que la propiedad y titularidad de los mismos pase a las personas que el propio interesado designe y que serán sus herederos. 

Este tipo de testamento se realiza en voz alta ante un notario público, quien da fe de las estipulaciones que estableció el testador, no requiere de testigos, esto a menos que lo pida el testador o en dado caso que el mismo solicitante padezca de alguna incapacidad.

El testamento hecho en país extranjero. 

Es el que se otorga a los mexicanos que están fuera del territorio nacional. Éste se debe otorgar ante autoridades mexicanas, como cónsules, vicecónsules, quienes podrán fungir como notarios o receptores de los testamentos, o bien ante autoridades extranjeras.

Estos funcionarios deberán remitir una copia autorizada de los testamentos a la Secretaría de Relaciones Exteriores, la que lo enviará al gobierno de la entidad federativa correspondiente para que cuando fallezca el testador se publique en la Gaceta Oficial la noticia de su muerte y los interesados puedan promover la apertura del documento.

Testamento por medios electrónicos. 

El uso de este testamento sólo se da en los siguientes casos:

Te puede interesar:

Cuáles son las estaciones del Trolebús Elevado

Cuáles son los síntomas de la dermatitis atópica

Cómo actuar si me toca un sismo en un edificio

Si piensas retirarte, esto es lo que debes hacer con tu AFORE    

¡Cuidado! Así puedes identificar a las Empresas Fantasma

Alerta Amber: Emily Rosario desapareció en Tacuba

Qué es y qué debe contener una Mochila de Vida 

Suicidio continúa al alza en México, así puedes prevenirlo         

Alerta Amber: Valeria desapareció en Iztacalco

Cuáles son los artículos prohibidos en el equipaje de mano en avión

Cómo bloquear tu celular si te lo roban

¡Cuida tu dinero! Recomendaciones antes de contratar un crédito        

Salir de la versión móvil