CDMX

Pago de Marcha Bienestar 2025: apoyo económico en caso de fallecimiento

Por Yanna Galindo

Cuando un beneficiario de las Pensiones para el Bienestar fallece, sus familiares o la persona auxiliar registrada pueden acceder a un último apoyo económico llamado Pago de Marcha.

Este beneficio busca ayudar con los gastos inmediatos que surgen tras la pérdida de un ser querido.

¿Qué es el Pago de Marcha?

El Pago de Marcha es un apoyo económico que entrega la Secretaría del Bienestar por única vez a la persona auxiliar o representante registrado del beneficiario fallecido.

Aplica para los programas:

  • Pensión para el Bienestar de las Personas Adultas Mayores
  • Pensión para el Bienestar de las Personas con Discapacidad Permanente
  • Pensión Mujeres Bienestar

Este apoyo se otorga únicamente si la persona auxiliar notifica el fallecimiento de manera oportuna y no ha recibido pagos posteriores al deceso del beneficiario.

También puedes leer: Agua Bienestar en la CDMX: precio y distribución en las alcaldías

¿De cuánto es el Pago de Marcha?

El monto del apoyo depende de la pensión que recibía la persona fallecida:

  • Adultos Mayores: $3,100 pesos
  • Personas con Discapacidad: $1,600 pesos
  • Mujeres Bienestar: $1,500 pesos

Se entrega en una sola exhibición y está destinado a cubrir gastos inmediatos tras el fallecimiento.

¿Qué hacer en caso de fallecimiento del beneficiario?

Para recibir el Pago de Marcha, el auxiliar o representante debe:

  1. Notificar el fallecimiento en la Línea del Bienestar (800 639 42 64).
    • Horario:
      • Lunes a viernes: 8:00 am a 9:00 pm
      • Fines de semana y días festivos: 9:00 am a 7:00 pm
  2. Tener a la mano:
    • Acta de defunción o constancia médica de fallecimiento.
    • Datos del beneficiario y de la persona auxiliar.
  3. Realizar el trámite dentro de los dos bimestres posteriores al fallecimiento.
    • Pasado ese tiempo, se pierde el derecho al apoyo.

El depósito del Pago de Marcha se realiza en el siguiente bimestre después de completar el trámite.

¿Quién puede recibir el apoyo?

El Pago de Marcha solo lo recibe la persona auxiliar o representante registrado en el programa. Por eso es muy importante designar a alguien desde la inscripción.

El registro se hace llamando a la Línea del Bienestar y proporcionando:

  • CURP de titular y auxiliar
  • Dirección de ambos
  • Claves de elector
  • Teléfonos de contacto

Además de recibir el Pago de Marcha, el auxiliar puede representar al beneficiario en otros trámites relacionados con la pensión.

¿Por qué es importante notificar el fallecimiento?

La Secretaría del Bienestar debe dar de baja del padrón a la persona fallecida.

Cobrar en nombre de alguien que ya no vive es un delito.

Notificar el deceso no solo asegura el Pago de Marcha, sino que evita sanciones.

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