Cuáles son los requisitos de adopción en la CDMX

México es uno de los países con la tasa más elevada de niños y niñas que viven en situación de abandono, el Gobierno, junto con la Asamblea Legislativa, ha reformado el Código Civil, con la intención de evitar que los trámites sean engorrosos y puedas adoptar.

La adopción es un acto de amor, pero sobre todo de responsabilidad, tener bajo a tu cuidado a un menor de edad al que deberás brindarle todo cuidado, protección y cariño. Es una decisión responsable.

Adopción

Foto: Pixabay

Conoce los requisitos para adoptar a un menor de edad en la CDMX

  • Si estás casado o viviendo en concubinato debes considerar que tu pareja debe estar de acuerdo con la adopción, llevar 2 años continuos viviendo con tu cónyuge, tener ambos o alguno de los cónyuges, al menos 25 años de edad al momento en que el Juez dicte la resolución donde te otorga la adopción.
  • Si estás soltero, debes tener 25 años de edad como mínimo al momento de que el Juez dicte resolución de la adopción.
  • Debes poder solventar los gastos de manutención y educación del adoptado y brindarle un ambiente familiar adecuado y estable.
  • Debes llevar una vida honesta y no haber sido procesado o encontrarte pendiente de proceso penal por delitos sexuales, contra la salud o la familia.

Qué proceso de adopción debo seguir

Debes seguir un proceso administrativo y uno judicial.

Proceso administrativo:

  • Debes acudir al Área de Adopciones de la Dirección de Asistencia Jurídica del SNDIF para solicitar una ficha de inscripción al Curso de Inducción a los Solicitantes de Adopción.

  • Recibirás información sobre la integración del Expediente de adopción y obtendrás tu Constancia de Asistencia.

  • Integrado tu expediente, se remite al Área de Adopciones de la SNDIF.

  • Se te proporcionará la solicitud de adopción que debes llenar y se te indicarán las fechas de valoraciones, visitas domiciliarias y entrevistas que se realizarán a lo largo del proceso.

  • Concluidas las pruebas psicológicas y socioeconómicas, el SNDIF elabora un informe psicosocial que remiten al Comité Técnico de Adopción del SNDIF para que analicen si se expide o no el Certificado de Idoneidad.

  • Si obtuviste el Certificado de Idoneidad, entras en una lista de espera para la asignación del menor. La asignación se te notificará personalmente por una Sesión de Asignación del Comité Técnico de Adopción.

  • Si aceptas la asignación del menor, la Dirección General de Integración Social (DGIS) programará una presentación con el menor. Iniciarán las convivencias entre tú y el menor. Si no existe compatibilidad, valorarán tu continuidad en la lista de espera. Si la existe, se inicia el procedimiento judicial de adopción.

Proceso judicial:

Se tramita ante el Juez de lo Familiar en turno del Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal, a través de las Diligencias de Jurisdicción Voluntaria de Adopción.

  • 1. Deberás presentar un escrito indicando si la adopción es nacional o internacional, nombre, edad y domicilio del adoptado, adoptantes y quienes ejercen en ese momento la patria potestad o tutela del adoptado.

  • 2. La persona o institución que ejerce la tutela o patria potestad, deberán manifestar su consentimiento de adopción. Cuando el adoptado sea mayor a 12 años, también se le pedirá su consentimiento.

  • 3. Cuando el menor haya sido acogido por una institución, se exhibe una Constancia de Tiempo de Exposición, Sentencia ejecutoriada que decrete la terminación de la patria potestad, o en caso de abandono, la Sentencia ejecutoriada que haya decretado la pérdida de este derecho.

  • 4. Una vez emitido el auto admisorio, el juez te cita a una audiencia.

  • 5. Recibidos todos los documentos el juez resuelve si procede la adopción o no dentro de los 3 días posteriores a la audiencia.

  • 6. Aprobada la adopción, el juez remite las diligencias al juez del Registro Civil para que emita la nueva Acta de Nacimiento del adoptado.

Seguimiento Posterior a la Adopción

Las autoridades estarán obligadas a dar seguimiento a la convivencia y proceso de adaptación, a través de un informe semestral por un periodo de 3 años hasta que el menor cumpla 16 años de edad.

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